El Tribunal Supremo ha confirmado la pena de multa de 720 euros que impuso la Audiencia Nacional a un hombre, Albert B., por escribir en Twitter (hoy X) un mensaje en el que pedía que se cortase la cabeza al Rey . El post en concreto lo emitió durante la comparecencia de Felipe VI del 18 de marzo de 2020 con motivo de la pandemia de Covid. «Cortémosle el cuello a este hijo de puta, estamos tardando», escribió en catalán el condenado, que apeló la decisión de la Audiencia Nacional argumentando que estaba bajo la libertad de expresión . El Supremo ha recordado que estos insultos no están amparados por la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre la expresión de una legítima disidencia política, y se ha apoyado en una sentencia de 2022 que consideró delictiva la expresión «hija de puta» en un mensaje dirigido a Susana Díaz , expresidenta de la Junta de Andalucía. «Es más que evidente que Albert B., cuando llamó ‘hijo de puta’ al Rey de España y se lamentó por la pérdida del tiempo transcurrido sin cortar el cuello al Jefe del Estado, fue mucho más allá de la legítima aportación personal a un debate político acerca de la monarquía como forma de Estado», explican en la sentencia del Supremo. «Disentir de las estructuras del Estado es legítimo. También lo es hacerlo con actuaciones no compartidas por todos los conciudadanos, con palabras gruesas o con mensajes desabridos. (…) Pero el insulto que nada aporta, que sólo denigra a su destinatario carece de cobertura constitucional », aseveran. Es la expresión de ‘hijo de puta’ la que merece una explicación extra para el Supremo, que argumenta que tanto este epíteto como el deseo de que fuera degollado no queda amparado dentro de lo que se puede considerar disidencia o crítica asumible dentro del marco democrático. «Un debate político en el que el argumentario entre los interlocutores girara exclusivamente en torno a la condición de ‘hijo de puta’ del rival y al lamento por el tiempo perdido sin cortar el cuello al oponente erosionaría de forma irreparable la convivencia. No puede considerarse necesario para una sociedad democrática amparar la singular contribución de Albert B. al pluralismo político cuando llamó ‘hijo de puta’ al Rey y se quejó de que todavía alguien no le hubiera cortado el cuello», explican. De esta manera, reafirman la sentencia de la Audiencia Nacional que consideró que hubo un «evidente menosprecio al Rey y a la institución que encarna, y que se superó con mucho lo que pueden considerarse críticas hirientes, molestas o desabridas ».
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Author : (abc)
Publish date : 2025-03-11 16:45:00
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