Cinco años de prisión fueron los impuestos por la Audiencia de Sevilla a un varón por un delito de abusos sexuales cometido sobre su nieta menor de edad y esa es la pena que ha confirmado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, el TSJA , que ha desestimado el recurso de apelación de este hombre contra dicha decisión de la instancia provincial. Así figura en una sentencia emitida el pasado 15 de octubre por el TSJA y difundida por su Oficina de Comunicación, que desestima por completo el recurso de apelación del inculpado, identificado como Antonio V.R., contra la sentencia inicial condenatoria de la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla. Al detalle, la Sección Séptima declaró probado que antes de diciembre de 2019, Antonio V.R., «aprovechando que su nieta de cinco años de edad pasaba las tardes de lunes a viernes en su domicilio en diversas ocasiones con anterioridad al 17 de diciembre de 2019, mientras la menor estaba distraída en el sofá del salón viendo la televisión o jugando con el teléfono móvil del acusado , con ánimo libidinoso le realizó tocamientos en sus genitales por fuera de la ropa». Además de condenarle por un delito continuado de abusos sexuales, el tribunal le impuso seis años de inhabilitación especial de los derechos de guarda y custodia, así como diez años de prohibición de acercarse a su nieta o comunicarse con ella. Tras cuestionar el condenado en su recurso el testimonio de la menor, principal prueba de cargo, el TSJA corrobora que el tribunal de primera instancia descarta «la existencia en la menor, por sí o como derivación de algún tipo de influencia exterior, de cualquier ánimo espurio que pudiera encubrir una falsa imputación de los hechos». El tribunal señala además «la trascendencia que posee en este ámbito el informe de evaluación, diagnóstico y tratamiento de la indicada asociación ADIMA al concluir que existían suficientes criterios que apoyan la credibilidad del relato de la menor a tenor de la consistencia de los aspectos contextuales , acompañados de gestos representativos, así como la presencia de factores indicativos tales como las quejas de la menor respecto de molestias en su zona genital, su decaimiento a nivel familiar y en el contexto escolar y la revelación de los hechos a sus padres». Por eso, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía desestima por completo el recurso de apelación de la defensa del inculpado, que pedía su absolución, y confirma la condena impuesta por las Audiencia de Sevilla.
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Author : (abc)
Publish date : 2025-11-07 14:58:00
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