Candi, la mujer transgénero con varias condenas y entrada en la cárcel por diversos episodios de malos tratos a sus exparejas, volverá al Juzgado de Violencia sobre la Mujer. Así lo ha decidido la titular del juzgado de instrucción número 15 de Sevilla , quien ha dictado una providencia mediante la que devuelve al juzgado número 2 de Violencia sobre la Mujer tras un recurso presentado por su última víctima, y un escrito de Fiscalía en el que no se aclaran las competencias en este caso. Unos hechos que se conocieron el pasado 21 de agosto, cuando un condenado a 15 meses de cárcel por agredir a su pareja era informado, al igual que ella, de que el Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Sevilla se inhibía en el caso , mientras que su abogado había pedido el indulto de la pena. El Juzgado envió el caso a Instrucción, que a su vez lo remitía al número 15 para que siguiese con las actuaciones. La jueza consideraba que «dadas las circunstancias personales de las personas litigantes », es el Ministerio Fiscal el que tiene que decidir qué se hace con este asunto. Sin embargo, el Fiscal ha considerado que se considera «competente para la instrucción del presente procedimiento al Juzgado de Instrucción al que me dirijo», señalando en una providencia que Instrucción debe seguir con el caso, además de entender que «el cambio de órgano competente para la instrucción ni el cambio de nomenclatura (violencia de género por violencia doméstica) , no supone ninguna ventaja ni beneficio legal para el presunto autor, ni tampoco una merma de derechos para la víctima». Además, subraya la Fiscalía que la víctima no tiene por qué perder «ninguno de los derechos reconocidos en la Ley para sus Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género». Una vez recibido este escrito, el juzgado número 15 ha enviado una providencia a las partes en la que se recuerda que el abogado José Antonio Sires presentó un recurso contra la inhibición de Violencia sobre la Mujer, y, una vez analizada también la respuesta a este asunto del maltratador condenado en firme se decide que «antes de resolver sobre la aceptación o no de la Inhibición, devolver la causa a dicho Juzgado a fin de que resuelva lo procedente sobre el recurso», porque «es el juzgado competente para ello». Para José Antonio Sires, a pesar de que la Fiscalía ha emitido informe a favor de la inhibición de la causa al Juzgado de instrucción, «consideramos que el largo historial de condenas de ‘Candi’, que cuenta con sentencia firmes desde 2017 en el ámbito de violencia de genero y pendiente de ingreso en prisión, supondría a todas luces beneficios legales y consecuentemente una merma de derechos para la víctima». Por ello, entiende que «colisiona con el propio espíritu de la Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (Ley de Violencia de Genero) cuya finalidad no fue otro que dotar a las víctimas de una protección integral y acceso a la tutela penal».
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Author : (abc)
Publish date : 2024-09-20 09:13:08
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