La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a un matrimonio, dueños de un bar ubicado en la localidad de Pedralba , a tres años de cárcel por un delito de estafa y a indemnizar con más de once millones de euros a una clienta a la que convencieron de compartir el premio que había ganado en el sorteo del Día del Padre de la Lotería Nacional tras asegurarle que no había manera de saber cuál era su décimo de los tres que guardaban en el local. La sentencia a la que ha tenido acceso en exclusiva ABC describe la estrategia «maquinada» por ambos condenados «con la intención de obtener un beneficio patrimonial» del dinero del décimo del número 39.813 , agraciado con 15 millones de euros a la fracción y a la serie. Además de este boleto existían otros dos premiados con 130.000 euros a la serie, por lo que persuadieron a los beneficiados para repartir la suma de todos ellos en cuatro partes. El juez ha decretado que de los 11,15 millones de euros de la indemnización 7,4 sean para la denunciante y 1,8 para cada uno de sus dos hijos. Según especifica la resolución, de estas cantidades también responderán «solidariamente» con los responsables civiles directos, en calidad de « partícipes por título lucrativo» , el resto de beneficiados por el reparto del premio. En concreto, entre seis personas que no cometieron el delito pero se beneficiaron sin saberlo, pagarán 9,25 millones. De acuerdo con el relato reflejado en la sentencia, la denunciante jugaba cada semana individualmente a la lotería con el mismo número, sin que participaran terceras personas salvo sus hijos a los que sí pretendía hacer partícipes de los premios que pudieran tocarle. Compraba el 10.123 y el 12.396 más uno adicional aleatorio. Aquella vez eligió el 39.813 , número que también adquirían semanalmente la hostelera con una amiga y, en paralelo otro cliente, quienes en ambos casos le confiaban los boletos a la gerente para que los custodiara en diferentes escuches guardados en el bar. Fue el 12 de marzo cuando la denunciante y vecina de la localidad de Pedralba compró el décimo en el bar de los penados, actualmente cerrado y en venta. No obstante, sabiendo que la semana siguiente no podría acudir al pueblo, se lo entregó a la hostelera para que lo guardara, acción que esta realizaba de manera habitual con los clientes más asiduos. De ese modo, la acusada se quedó en custodia de la carpeta con los décimos, tanto el de la afectada como los otros dos. El sorteo tuvo lugar el 18 de marzo de 2017 , con motivo de la celebración del Día del Padre por parte de la Lotería Nacional. Toda vez que fue conocedora de que había resultado premiado el décimo que tenía en su poder correspondiente a la fracción tercera, serie quinta, «con la intención de obtener un beneficio patrimonial y en ejecución de un plan preconcebido ideado con su esposo », se puso en contacto con la verdadera ganadora para comunicarle que el boleto había sido agraciado y le requirió para que se personara en el local, siempre según la narración del fallo del magistrado. Pocas horas después, llegó al bar y, en ese momento, los dueños lo cerraron poniendo la pata de una mesa en la puerta para que no entrara nadie. Fue entonces cuando le exhibieron los tres décimos premiados que « habían agrupado de manera intencionada» y, «pese a ser conocedores de que el agraciado era de ella», le indicaron que «no podían saber quién era el propietario del premio especial» y «que si quería cobrar tendría que compartir el premio con las otras tres personas que jugaban dicho número», siempre según el fallo. Ante dichas manifestaciones, de acuerdo con la literalidad de la citada sentencia, la víctima -«nerviosa por la noticia y desconocedora de más datos»- prestó su conformidad y, una vez alcanzado el objetivo, los gerentes del bar se pusieron en contacto con las otras dos personas que refería la propia acusada habían sido agraciadas con el premio, que también eran ajenas a más datos y a las que les comunicó por separado que «todos habían aceptado repartir el premio a partes iguales». Así, fruto de la «maquinación» perpetrada, el 20 de marzo de 2017, «de manera precipitada» según aparece detallado en la sentencia, la acusada portando los tres décimos, así como los cuatro agraciados y sus familiares directos, incluidos hijos, acudieron a un notario ubicado en la localidad de Lliria para formalizar acta de manifestaciones, en el que se consignó el reparto del premio, «prestando su conformidad la denunciante», ya que «le habían hecho creer que no se sabía qué decimo era el premiado con la serie y la fracción». A consecuencia de esta plan trazado por los condenados, la víctima y sus hijos sufrieron un «importante perjuicio patrimonial» , ya que les correspondería íntegramente el premio cuando solo percibieron un cuarto de dicha cantidad, es decir, 3,7 millones de euros, según recoge la condena. De esta forma, en atención a todo lo expuesto, el magistrado ha penado a los propietarios del bar como criminalmente responsables en concepto de autores de un delito de estafa de los artículos 248, 249 y 250.1.5 del Código Penal, a la pena de tres años de prisión e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo. Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, a presentar ante la Segunda Sección de la Audiencia Provincial de Valencia en el término de diez días a contar desde su notificación, fechada en el lunes 28 de octubre. Los perjudicados interpusieron la querella el 28 de noviembre de 2017 como inicio de un procedimiento que ha durado seis años y casi seis meses, lo que consideran que ha resultado «notablemente desmesurado» en relación con la «escasa complejidad» de la causa.
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Author : (abc)
Publish date : 2024-10-29 23:51:07
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