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Nacho de la Calzada, abogado laboralista, señala el error más común de los trabajadores al pedir vacaciones: «Ojo porque te puedes fastidiar y perderás los vuelos»



El año acaba de comenzar y hablar ya de vacaciones puede sonar precipitado. El verano queda lejos en el calendario, con lo que la mayoría de trabajadores ni siquiera se ha parado a pensar en cuándo se tomarán los días libres que les corresponden. La cuestión es que las vacaciones no se limitan a la época estival, sino que escapadas de Semana Santa , puentes , vacaciones repartidas e incluso días sueltos también forman parte de este derecho al descanso. Y es importante saber cómo solicitar todo esto en nuestra empresa para evitar sustos y malentendidos . Pedir vacaciones puede parecer un proceso sencillo, pero el abogado laboralista Nacho de la Calzada afirma que muchos trabajadores cometen un error que les puede conllevar grandes disgutos. Se trata de decir lo típico de «se lo dije de palabra al encargado…». En lugar de dar las cosas por cerradas solo con hablar, el experto, conocido por divulgar contenidos relacionados con la legalidad en el ámbito laboral su cuenta de TikTok @laboral_tips , aconseja dejar siempre constancia de lo que se ha pedido . «Lo primero, cuando vayas a pedir unas vacaciones, hazlo por escrito con un WhatsApp o un email es suficiente », señala. Otro paso importante es incluir «fechas concretas» . «Nada de ‘en verano’ o ‘cuando se pueda’», apostilla el abogado, conocido popularmente en redes sociales como ‘Un tío legal’. Además, la solicitud debe realizarse con una antelación mínima de dos meses , «salvo que tu convenio diga otra cosa». También es imprescindible solicitar a la compañía que te comunique su decisión por escrito , independientemente de si la petición es aprobada o rechazada. Respuesta que el trabajador debe guardar por si necesita alguna prueba en el futuro. El abogado recuerda que, «tu empresa no te puede cambiar las vacaciones con menos de dos meses de antelación» porque «es ilegal», salvo que lo indique el convenio. Eso sí, de la Calzada insiste en que esto solo se aplica si el trabajador tiene la aprobación por escrito: «Si te sucede lo anterior y tienes por escrito las vacaciones, no te preocupes, la empresa no puede decir que te has ausentado y despedirte, sería un despido improcedente ». Pero la situación cambia radicalmente cuando no hay pruebas guardadas. «Si te vas y no tienes las vacaciones aprobadas por escrito, pueden entender esas ausencias como injustificadas y hacerte un despido disciplinario a 0€ », concluye.



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Author : (abc)

Publish date : 2026-01-09 16:33:00

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