El Juzgado de Primera Instancia número 18 de Sevilla ha condenado a una agencia de viajes y a un grupo empresarial ligado a ella, a indemnizar con 5.400 euros por el «defectuoso cumplimiento del contrato» relativo a un crucero de fin de curso por parte de un grupo de estudiantes, considerando probado que la alimentación ofrecida a los alumnos era «de escasa variedad y calidad , no habiéndose cumplido en su totalidad el régimen de visitas» a los lugares turísticos; sufriendo los miembros de la excursión «zozobra y cierta situación de desamparo porque apenas una persona hablaba español, no siendo